Google+ Raúl Acosta: Cuestión de adaptación

jueves, 30 de julio de 2015

Cuestión de adaptación

Carlos Varela, abogado, opina sobre el nuevo Código Civil y Comercial




-Dos cuestiones. Las dos son como para armar una súper charla. La primera. Estamos a horas que el tema de “me mentiste, me engañaste” se resuelva en un solo toque en tribunales. ¿Esto es bueno o malo?

En relación al tema divorcio. Yo creo que es bueno, porque normalmente con el Código Civil anterior se planteaban trabas y esto va a solucionar un montón de problemas en cuanto a la celeridad, evitar ese tiempo que uno debía estar permaneciendo casado sin poder disolver el vínculo matrimonial. Los regímenes también van a ser alterados, con lo cual los propios cónyuges van a poder pactar o establecer regímenes preferenciales o de acuerdo a las conveniencias y de acuerdo a lo que ellos establezcan.
-Es obvio que esto nos aleja más de los mecanismos conciliares y eclesiásticos. Estamos mucho más cerca de la sociedad civil desprendida de cualquier religiosidad.

Sí, pero todos aquellos Estados que se han acercado demasiado a las cuestiones religiosas, fundamentalmente lo vemos en todos, pero con estos Estados teocráticos que han privilegiado cuestiones religiosas no están de acuerdo con lo que es una sociedad occidental moderna.

-Así que usted le pone, de uno a diez, ¿cuánto al tema del divorcio, la nueva reglamentación?

Le pongo una nota alta. Obviamente que va a ser una cuestión de adaptación en lo que es continuidad de las controversias que surgen en el ámbito judicial. Pero bienvenido sea todo el sistema nuevo.

-La otra pregunta es la siguiente. Se lo planteo como un caso posible y alocado, usted me va a corregir. Supongamos que Gustavo, mi compinche, que tiene un buen auto, sale con el auto y lo choca un patrullero de la provincia de Santa Fe, lo choca ahora, el 3 de agosto a la mañana. Bueno, desbarajuste del auto, el herido inclusive. ¿De quién es la responsabilidad penal? ¿A quién le toca? ¿De qué manera la provincia se zafa? ¿Qué tiene que hacer Gustavo?

Los actos derivados de cuestiones, por ejemplo, accidentes de tránsito, que son delitos, lesiones, todo eso, se va a manejar con el Código Penal. El tema es la cuestión de la responsabilidad del Estados por los actos de los funcionarios van a tener que someterse, en vez de a los regímenes civiles o extracontractuales, van a tener que adaptar a lo que son los procesos del trámite administrativo, lo que son los tribunales administrativos.

-Explíqueme en criollo.

Hay tribunales contenciosos administrativos, que van a entender en lo que es la competencia material de todo tipo de cuestiones que tengan que ver con las responsabilidades de funcionarios.

-¿La provincia adhirió a esto?

Es un Código Civil de una ley nacional. Con lo cual va a tener vigencia en todo el ámbito nacional.

-Vamos de nuevo. Supongamos que el que me choca es Bonfatti. No es que me choca, viene y me dice: “por esta ley, Varela y el Bigote Acosta me entregan todas sus pertenencias y salen desnudos por Bulevar Oroño”. Agarramos y decimos: “mal uso de función pública”. ¿Qué hacemos?

En cuanto a lo que son los actos de los funcionarios, no tramitan más en lo que es la justicia ordinaria. Tramitan en los tribunales contenciosos administrativos. Empieza un trayecto en que un juicio, que antes duraba tres o cuatro años, ahora va a durar mucho más porque el Estado tiene ciertas condiciones diferentes a lo que en los tribunales contenciosos administrativos a lo que es lo normal.

-¿O sea que nunca más van a ser culpables de nada ninguno de los funcionarios nacionales? Y los provinciales, pese a que no firmaron, también zafan.

Sí, de algún modo sí. Es una interpretación que no está muy desajustada de lo que va a pasar.

-Bueno, pero estamos hablando de la provincia y estamos hablando de una ley nacional muy loca de la que muy pocos conocen todos. Le voy a decir las cuatro letras: help. Socorro.

Yo supongo que lo que va a pasar, salvo que haya algún rechazo en algún momento, apenas entre en vigencia y surja alguna controversia en relación a este tipo de responsabilidad de los actos derivados de los funcionarios, es que los abogados planteen la inconstitucionalidad de este procedimiento. Con lo cual hay que tener en cuenta que, ante un planteo de inconstitucionalidad, de no perder lo que es por la función del paso del tiempo, el tema de la preclusión de la acción principal. Pero creo que no va a ser fácil de sortear estos planteos de inconstitucional.

-¿Le vamos a poder hacer juicio a un funcionario que haya metido la pata?

Yo creo que sí. Pero reitero, creo que va a haber planteos de inconstitucionalidad. En algún momento al Corte Suprema tendrá que intervenir y establecer lo que se conoce en el ámbito jurídico como jurisprudencia, es decir, un fallo que defina el modo de accionar y cómo se debe accionar en cuanto a la responsabilidad de los funcionarios.

-Usted, en eso, me da vuelta todo lo que tenía en la cabeza como memoria. Porque si hay algo que yo sabía es que en la República Argentina un fallo no sienta prejuicio.

Sí, es verdad. Eso se llama control difuso de constitucionalidad. Pero también es cierto que en algún momento los antecedentes de la Corte Suprema, para una cuestión de economía procesal, para evitar tratar de seguir recurriendo, cuando uno sabe de antemano que va a encontrar un fallo de determinado modo. Con lo cual sirve de antecedente judicial.

-Le voy a hacer una pregunta de almanaque. El juicio abreviado de los compañeros Monos….

Toda esta construcción, que se ha hecho mítica, de esta gente, es tan desproporcionada. No sé si se ha enterado que ha habido hasta gente que los utiliza para coaccionar virtualmente a otras personas, para cobrar cuentas. Una cosa extrañísima.

-La cuestión de almanaque es esta: el despiole periodístico apareció porque hubo una resolución previa el 19 de abril y muchos pensaron que esa resolución tuvo una incidencia sobre la elección PASO de la provincia de Santa Fe, y otros pensaron que después de eso hubo un pacto para que nada se dijese antes del 14 de junio y lo pasan todo para atrás. ¿Esto es un cuestión de almanaque que es sospecha paranoica del Bigote o hay algo que puede referir a que hay una certeza?

Son circunstancias aleatorias. Pero debe contar, y ser franco con usted, se empieza a tramitar el acuerdo abreviado a fines del año pasado y, por cuestiones de desacuerdo entre las partes, lo que son las negociaciones en profundidad, no podíamos determinar el acuerdo. Eso hizo que pasara el tiempo. Después, es cierto que yo mismo también lo advertí, el tema de la proximidad de las elecciones no era un tema menor, porque uno sabe que en la causa esta, como decía, ha tenido tanta repercusión en términos mediáticos en la población que tiene aristas políticas por más que no las debiera tener. Después se da una circunstancia también temporal, que no tiene que ver con lo que dice usted, pero que modificó los tiempos. Había un juez, que era el que debía intervenir en la homologación definitiva del acuerdo, que era quien le tocaba en definitiva la homologación, que justo estaba a 20, 30, 40 días de jubilarse. Y el juez ese, por una cuestión, no sé, de prudencia o como se le quiera llamar, prefirió demorarlo un poco, tirar la pelota a la tribuna, y el juez se jubiló. Después que ese juez se jubila, entra otro juez a subrogar ese juzgado. Pero ese juez suplente demora la cuestión también y pide un tribunal pluripersonal, para no asumir la responsabilidad.

-Nada que ver con el almanaque entonces.

No, cuestiones aleatorias. Han pateado la pelota para adelante, pero por un motivo diferente a lo que usted supone.

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